¿Eres trabajadora y estás en periodo de lactancia?

En tu etapa de lactancia por un periodo hasta de seis meses tienes derecho a dos reposos por día de media hora cada uno para alimentar a tu bebé, en un lugar que designe tu empresa con las condiciones de higiene adecuadas.

Asimismo, si no ha transcurrido más de un año de la fecha de parto, podrás regresar al puesto que desempeñabas sin ningún problema. Con el conocimiento de que los periodos pre y post natales deberán tomarse en cuenta en tu antigüedad laboral.

¡RECUERDA!

1. El periodo de lactancia es por un máximo de 6 meses.
2. Durante este periodo la madre trabajadora tendrá derecho a dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno.
3. Si no se puede amamantar al bebé en los dos reposos extraordinarios por día; en lugar de ellos, y previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora de su jornada de trabajo durante el periodo máximo de 6 meses, a partir del nacimineto del bebé.
4. La reducción puede ser al principio o al término de la jornada.
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