¿Cuántas vacaciones me corresponden conforme a la ley?

A todo trabajador le corresponde un periodo vacacional, después de cumplir su primer año laborando en una empresa.

La figura jurídica de las “vacaciones”, otorga el derecho a los trabajadores de disfrutar un periodo de descanso pagado. 

De acuerdo al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT):

“Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el periodo de vacaciones se aumentará en 2 días por cada 5 años de servicio”.

Para ejemplificar, te dejamos la siguiente tabla, la cual muestra las vacaciones conforme a los años laborados:

Especificaciones de las vacaciones:

  • Se deberán disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos.
  • Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. No obstante, si la relación laboral se da por concluida antes de que se cumpla el año, éstas deberán ser remuneradas en proporción de acuerdo a los días laborados.
  • Con las vacaciones se entregará a los trabajadores una prima no menor del 25%.
  • Deberán concederse a los trabajadores dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
  • Los patrones deben entregar anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y, de acuerdo con ella, el periodo de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Así que, si este año estás por cumplir en tu trabajo, ya sabes qué hacer para pedir tus vacaciones.

 

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