Si eres trabajador independiente que cobra por honorarios y más del 50 por ciento de tus ingresos provienen de una sola empresa, tienes la opción de que el patrón para el que prestas tus servicios pague por ti los impuestos, bajo una opción que se llama ingresos asimilados a salarios.
Aunque al elegir esta opción debes poner atención en el número de empresas o clientes a los que prestas tus servicios y también los ingresos que recibes pues de ello dependerá la conveniencia de usar este esquema.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) define los ingresos asimilados a salarios como aquellos que obtienes siendo trabajador independiente por honorarios y que fiscalmente reciben un tratamiento similar al del régimen de sueldos y salarios, por lo que la mayor parte de las disposiciones que regulan este régimen le son aplicables.
Es decir, la Ley del Impuesto Sobre la Renta brinda la opción de que la compañía retenga el impuesto, tal como si fueras su trabajador.
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