Luego de que el Senado de la República aprobara el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 107 y 123 de la Constitución Política, sobre justicia cotidiana en materia laboral, ¿qué es lo que quiere decir esta reforma?
Aquí te dejamos el resumen de lo que pasará con su aprobación:
- El Senado de la República aprobó este jueves (14 de octubre) reformar los artículos 107 y 123 constitucional para crear nuevos mecanismos de justicia en materia laboral.
- Con esta reforma se eliminan las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
- Ahora los asuntos laborales deberán resolverse en TRIBUNALES LABORALES que pertenecerán al Poder Judicial de la Federación o a los Tribunales de Justicia de los estados, según sea el caso.
- Antes de presentar tu demanda, con la reforma, deberás asistir obligatoriamente a un Centro de Conciliación (a nivel estatal) o al Organismo Descentralizado* (a nivel federal), para tratar de llegar a un arreglo con tu patrón.
- Con esta reforma, el registro de Sindicatos, de Contratos Colectivos de Trabajo y los conflictos que se susciten entre Sindicatos, serán de competencia FEDERAL, quitándole dicha facultad a los Estados; todos los registros estarán administrados por el Organismo Descentralizado.
¿Qué sigue?
- El Senado de la República enviará a la Cámara de Diputados la reforma en cuestión, para que sea discutida y en su caso, aprobada.
- Una vez que la Cámara de Diputados la apruebe, ésta se enviará a cada una de las legislaturas de los estados para que la aprueben, sin poder hacer modificaciones; una vez aprobada por la mayoría, se regresa al Senado para que éste la mande al Presidente para su publicación o veto.
- Aprobada, el Congreso de la Unión y los Congresos de los Estados, tendrán un año para adecuar las Leyes para poder implementar este nuevo sistema de “Justicia Cotidiana Laboral”, tal como la nombró el Presidente de la República.
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